CONDICIONES GENERALES DE COMPRA

Las Condiciones Generales de Compra de Industrial Carrocera Arbuciense, S.A, INDCAR a partir de este momento, incluyen una descripción de los procedimientos, instrucciones y normas generales a aplicar en todas las compras realizadas por la compañía y son complementarias a las condiciones particulares o específicas de un componente, materia prima o bienes de producción.

1. GENERALIDADES
En este documento, se entenderá como “Proveedor” la entidad a la que se le realiza el pedido y que se indica en él. Bajo “INDCAR” se entenderá la compañía que compra.

2. ACEPTACIÓN DE LAS PRESENTES CONDICIONES DE COMPRA
Estas condiciones generales de compra anulan y sustituyen todas las demás condiciones generales opuestas.

El hecho de que un proveedor acepte un pedido implica que acepta sin reservas estas condiciones generales.

Cualquier derogación o modificación de estas condiciones generales de compra deberá ser indicada expresamente en las condiciones particulares del pedido.

Las concesiones serán aplicables únicamente para un pedido concreto y el proveedor no puede hacerlas extensibles a otros pedidos pasados o futuros.

3. ACEPTACIÓN DEL PEDIDO
Las especificaciones técnicas o de calidad junto con las especificaciones de embalaje, transporte, precio, fecha de entrega y condiciones de pago y otras condiciones específicas o acuerdos que hayan sido establecidos con el proveedor desde la petición de oferta por parte de INDCAR, hasta el suministro del pedido por parte del proveedor, serán consideradas contractuales junto con sus correspondientes modificaciones siempre validadas por ambas partes. El pedido se convertirá automáticamente en un contrato a partir de la aceptación por parte del proveedor. Si pasadas 24 horas desde el envío del pedido no recibimos notificación alguna, se confirma automáticamente la aceptación por parte del proveedor.
Cualquier modificación o excepción posterior del pedido deberá ser aceptada por INDCAR y por el proveedor de mutuo acuerdo, declarándolo por escrito.

Muy importante: debido a la implementación de nuestro nuevo RP, no podremos acceptar ninguna factura con diferencias de precio con su pedido correspondiente sin que hayan sido validadas previa recepción del material.

4. OFERTAS
Todas las condiciones y especificaciones incluidas o adjuntas en la oferta del proveedor que no hayan sido requeridas por la petición de cotización de INDCAR, serán consideradas nulas. La simple mención de la oferta del proveedor en el pedido o documentos adjuntos no modifica tal cláusula. Asimismo, estas condiciones de compra prevalecen sobre las condiciones generales de venta del proveedor.
Cualquier cambio en las condiciones de las ofertas y tarifas vigentes en cada ejercicio en curso, no podran ser modificadas sin haber sido aceptadas por parte de INDCAR.

5. PRECIOS, ENVÍOS Y EXTRAS
a) Los precios declarados se considerarán acordados para las Compras y serán entregados de acuerdo a las condiciones DDP INDCAR según INCOTERMS 2010 o de acuerdo a las condiciones establecidas con anterioridad.
b) Siempre que no se indique lo contrario, los precios incluidos en el pedido serán firmes.
c) El pago del precio del pedido no implicará ninguna renuncia a los derechos estipulados de INDCAR.
d) Los precios son fijos y no revisables, por lo que no se aceptará ninguna variación de los mismos en albaranes que no se hayan comunicado previo envío de la mercancía, al Departamento de Compras de INDCAR y que se hayan aceptado.

Muy importante: debido a la implementación de nuestro nuevo RP, no podremos acceptar ninguna factura con diferencias de precio con su pedido correspondiente sin que hayan sido validadas previa recepción del material.

e) No se aceptará ningún extra que no esté indicado expresamente en el pedido.
f) El proveedor será responsable de cualquier diferencia en portes u otros gastos incurridos por el incumplimiento de las instrucciones de suministro especificadas en el pedido.
g) El proveedor es el responsable de entregar los materiales en los plazos de entrega indicados en la Orden de Compra, si no está conforme deberá avisar al Dep de Compras para proponer una fecha diferente y consensuar el nuevo plazo de entrega.

Muy importante: El retraso de las entregas puede acarrear facturas de cargo al proveedor por incumplimiento de los plazos sobre la duración temporal de este perjuicio. El proveedor se compromete a cumplir con los plazos de entrega pactados y en caso de no ser posible, deberá comunicarlo por escrito a la recepción del pedido.

6. CONDICIONES DE PAGO
a) Las Condiciones Generales de Pago son las actuales acordadas con INDCAR.
b) No se aceptará ningún pago de facturas sin un pedido de INDCAR y tampoco sin su correspondiente albarán de entrega sellado por INDCAR.
c) El proveedor está obligado al envío de su factura física, bien por correo postal, bien por correo electrónico a las siguientes direcciones: facturas@indcar.es, facturas@almotrans.es, suppliers@indcar.es
d) Facturas de tranporte: se deberá adjuntar junto con la factura el CMR y el albarán de entrega firmado por el destinatario.
e) El proveedor se compromete a no asignar la totalidad o parte de su deuda resultante del cumplimiento de un pedido de INDCAR, a ninguna organización financiera sin nuestro previo acuerdo.

NOTA: se adjunta anexo procedimiento generación facturas – pagos.

7. PEDIDOS Y DOCUMENTACIÓN ASOCIADA
a) A petición del Departamento de Compras de INDCAR y para todas las piezas nuevas y modificadas o para efectos de validación, el proveedor deberá entregar en el lugar y plazo indicados, las Primeras Muestras y/o Prototipos que sean representativas de su proceso de fabricación con su documentación y acorde según planos y versión correspondientes indicada en el pedido de INDCAR.
Es responsabilidad del proveedor suministrar según el nº de plano y modificación indicados en el pedido. En el caso que no conste en el pedido, porfavor utilizar la última versión recibida por Indcar.
b) Los costes que puedan haber sido incurridos con INDCAR o con sus clientes, derivados de la entrega de componentes fuera de plazo o incorrectas, serán repercutidos directamente al proveedor

Muy importante: Debido a la reciente implantación del sistema LEAN MANUFACTURING en nuestras líneas de Producción, los costes que generen sus retrasos o incidencias de calidad, deberán multiplicarse por el total de días y vehículos que no puedan avanzar según el nuevo layout de proceso.

c) El proveedor no está autorizado a enviar piezas o componentes de producción en serie a las plantas de INDCAR, sin la aprobación por parte del Departamento de Calidad de INDCAR de las Primeras Muestras y/o Prototipos, o una autorización firmada por parte de INDCAR. Cualquier coste derivado del suministro de piezas sin la aprobación de las Primeras Muestras y/o Prototipos sin concesión, será repercutido al proveedor.
d) En las confirmaciones de pedido y también en las facturas y albaranes, debe constar la referencia INDCAR del artículo y el número de pedido de INDCAR.
e) En cada albarán de entrega, se hará constar el Nº de pedido de INDCAR., la referencia INDCAR del artículo, el código arancelario y el peso del artículo.
f) Todos los gastos incurridos para poder cumplir con la fecha de entrega según pedido de compras INDCAR y las repercusiones de los retrasos por parte de los proveedores, les serán trasladados, previa comunicación.

8. INSPECCIÓN Y CONTROL
INDCAR y sus representantes autorizados se reservan el derecho de verificar el producto de compra durante la recepción, fabricación o suministro al cliente e incluso en las instalaciones del cliente de INDCAR, si es necesario. La inspección de material y aceptación no liberarán al proveedor de sus garantías y responsabilidades de suministrar el material o equipamiento en conformidad con las especificaciones.
Lo productos tendrán como mínimo 2 años de garantia contra todo defecto de fabricación o defecto oculto, desde la fecha matriculacion del vehículo. Con excepción de acuerdos previos con INDCAR. Ver detalles en punto (9).
Cualquier material del proveedor que no cumpla con las especificaciones y que se detecte durante la recepción, fabricación o que haya sido devuelto en garantía por nuestro cliente como resultado de una no conformidad del producto comprado, será devuelto al proveedor con los costes asociados de la devolución.

Los gastos administrativos, recuperación o retrabajo generados por la no conformidad según las especificaciones del producto suministrado por el Proveedor, será repercutido al Proveedor. Si el Proveedor no está de acuerdo con el “concepto” del cargo, el Proveedor tendrá 5 días laborables para reclamar al Departamento de Calidad de INDCAR, del cual deberá obtener la
cancelación del cargo si procede. La cantidad de horas de paro de línea, el precio/hora (60€) o la cantidad de transportes urgentes realizados por INDCAR debidos a los retrasos del Proveedor, se cargarán directamente al Proveedor. En el caso de que tuviera lugar una selección / retrabajo en INDCAR, el Proveedor podrá mandar el personal necesario para su
realización y en caso contrario, INDCAR utilizará su propio personal. En este último caso, el Proveedor estará obligado a aceptar la cantidad de horas y el precio/hora fijado por INDCAR.
Al cumplir nuestras órdenes se compromete a cumplir con todos los términos de dichos documentos, que formarán parte del contrato, y a implementar un adecuado sistema de garantía de calidad. Estos términos también se aplican a sus subcontratistas. El proveedor nos informará sin demora, de cualquier modificación que se proponga hacer a la composición de las partes, equipos o servicios o a sus condiciones técnicas de funcionamiento. Cualquier modificación técnica, por menor que sea, será sometida a la previa autorización por escrito por parte de INDCAR. Del mismo modo, en el caso de las compras entregadas, el proveedor informará sin demora a INDCAR, de cualquier defecto o no conformidad con nuestras especificaciones, con el fin de mitigar sus consecuencias adversas.

Nuestro personal o cualquier persona designada por INDCAR, tendrá libre acceso a las instalaciones del proveedor y de sus proveedores y subcontratistas durante las horas normales de trabajo para supervisar el progreso de nuestra orden y comprobar su cumplimiento.

9. CONDICIONES DE POST VENTA
a) PERIODO DE GARANTIA
El inicio de la garantía será fecha de matriculación del vehículo
b) DOCUMENTACIÓN
– El proveedor entregará el material la ficha técnica del equipo y un pequeño manual de funcionamiento básico.
– Donde se explique el funcionamiento del equipo.
– Donde se establezcan de forma clara las incompatibilidades y usos inadecuados que deben evitarse.
El proveedor dispondrá de un catálogo de recambios donde se identifiquen los materiales y componentes del equipo de forma fácil, permitiendo el abastecimiento de materiales.
c) MANTENIMIENTO
El proveedor definirá por escrito el procedimiento o proceso con instrucciones detalladas, así como planificación de inspecciones periódicas.
Establecerá un programa de mantenimiento del equipo, identificando el material necesario para ejecutar dicho mantenimiento.
d) TALLERES DE SERVICIO
El proveedor deberá entregar una lista de talleres concertados próximos (menos de 100 km) al destino del vehículo.
Se valorará positivamente que el proveedor disponga de talleres en el ámbito de servicio de los clientes. En los casos que INDCAR lo requiera, el servicio técnico del proveedor se desplazará hasta donde se encuentre ubicado el vehículo, sin que ello suponga ningún cargo para INDCAR ni para el cliente.
e) GESTIÓN DE RECAMBIOS
El proveedor es responsable de la gestión logística de los materiales que se envían como recambio en garantía, siendo a su cargo. Esto incluye:
– Recuperación de los sustituidos a su cargo, cuando proceda y a su criterio.
– El proveedor será responsable que los talleres que presten servicio de asistencia técnica dispongan en stock del material necesario e identificado como de urgencia .
– que puedan disponer del material necesario para una reparación, considerado de no urgencia, en un plazo inferior a las 24 h en el taller concertado. Los gastos que se deriven de la entrega del material correrán a cargo del proveedor. El proveedor asegurará la entrega de recambios durante 15 años.
f) GESTIÓN DE INCIDENCIAS
El proveedor dispondrá del material necesario, apoyo logístico y técnico a través de su red de talleres de asistencia técnica para resolver cualquier incidencia que aparezca en su producto una vez instalado.
El proveedor se compromete a reportar trimestralmente las incidencias que fueron motivo de intervención o asesoramiento al cliente final. Se entregarán los datos en formato informático, tabulados en hoja de cálculo. Los datos de cada registro contendrán: cliente, OF, bastidor, incidencia, fecha de la incidencia, taller que repara.
g) HOMOLOGACIÓN DEL MONTADOR
El proveedor homologará el proceso de montaje dando su aprobación al mismo. El proveedor debera adjuntar informe tecnico de validacion del montaje. Si cabe establecerá inspecciones periódicas, programadas o no, con el fin de asegurar el mantenimiento de las condiciones por las que el montaje fue aprobado y el montador homologado.
El proveedor establecerá planes de chequeo (PDI) para asegurar el correcto montaje y funcionamiento, así como garantizar las condiciones de funcionamiento del equipo/elemento instalado al 100%.
El proveedor se compromete a entregar copia de los registros PDI indicando, cuando proceda, si se observaron desviaciones. La demora en la entrega del registro no será mayor a 3 día.

10. CONDICIONES DE SUMINISTRO, PLAZOS, TRANSPORTE Y EMBALAJE/IDENTIFICACION
a)INDCAR indicará las condiciones de suministro en cada pedido o contrato.
b) El proveedor se compromete a enviarnos siempre la confirmación del pedido INDCAR que reciban tanto a nivel de fechas y precios. Si no recibimos respuesta, quedará confirmado el pedido INDCAR.
c) El proveedor se compromete a entregar el material dentro del período establecido el la confirmación del pedido, siendo este período de 5 dias laborables desde la fecha de tramitación de dicho pedido.
d) En caso de retraso en la entrega, INDCAR se reserva el derecho de dar a fabricar la totalidad o parte de la Orden a otro proveedor. Para este propósito INDCAR tendrá libre uso de todos los derechos de propiedad industrial e intelectual asociados con el diseño e implementación de las Compras ordenadas y que deben ser completadas por otro proveedor, sin perjuicio de cualquier derecho a reclamar daños y reembolso de cualquier costo adicional incurrido por el proveedor.
e) El proveedor será responsable por el deterioro del material comprado causado por embalaje inadecuado, mal acondicionado. Por lo tanto, a menos que exista un término expreso contrario, todos los materiales de embalaje y contenedores entregados por el proveedor se considerarán perdidos y su costo será cubierto por el precio del pedido. El proveedor puede ser considerado responsable si las Compras ordenadas se deterioran durante las operaciones de transporte y
almacenamiento debido a que el embalaje o la protección no son adecuados a la naturaleza de las mercancías, al medio de transporte o a las condiciones de almacenamiento y siempre que se requieran condiciones especiales , el proveedor lo especificará.
f) Packing List: cada unidad de embalaje llevará las indicaciones prescritas por la normativa vigente en los Estados miembros de la UE y / o en los países especificados por INDCAR: la fecha de entrega, fecha de caducidad (si es el caso), el número de pedido INDCAR, albarán de entrega, código INDCAR, cantidad, dimensiones y peso entregado.
g) Asimismo cada pieza deberá estar identificada también individualmente.
h) El período comprendido para la devolución del material será de 6 semanas sin penalización económica.

11. SUBCONTRATOS
En el caso de que el proveedor tenga la necesidad de subcontratar, el proveedor deberá notificarlo a INDCAR y el proveedor mantendrá toda la responsabilidad del suministro y mano de obra así como de los subpedidos realizados.

12. CONFIDENCIALIDAD
Todos los planos, diseños y especificaciones remitidas por INDCAR al proveedor, son propiedad exclusiva de INDCAR, considerándolos como confidencial y por consiguiente, el proveedor se compromete a no prestarlos y, en general, a no utilizarlos, ni sus copias o reproducibles, sin la aprobación previa por escrito de INDCAR, en cada caso por escrito.

13. MODIFICACIONES DEL PRODUCTO Y PRESERVACIÓN DE BIENES MUEBLES
a) En el caso de que INDCAR transfiriera moldes, matrices o utillajes a un proveedor para la fabricación de piezas, deberá formalizarse mediante un “Contrato de cesión de utillajes o préstamo de uso de bienes muebles”.
b) El proveedor no está autorizado a modificar, sin la aprobación previa por escrito de INDCAR, los materiales, moldes, matrices, utillajes y en general todo lo que modifique el producto suministrado de acuerdo con las especificaciones existentes.
c) El proveedor está obligado a realizar las reparaciones y el mantenimiento de los moldes, matrices y utillajes propiedad de INDCAR que sean necesarios para la fabricación del producto con tal de garantizar la calidad y la correcta conservación de aquellos bienes propiedad de INDCAR. Si como resultado de una reparación, el producto ha cambiado, el proveedor deberá
notificarlo y presentar Primeras Muestras y/o Prototipos.
d) Es responsabilidad del proveedor advertir a INDCAR de la necesidad de fabricar moldes o matrices que requieran sustitución, con suficiente antelación para evitar riesgos de suministro o calidad.

14. MATERIAL SUMINISTRADO POR INDCAR.
En el caso de que el proveedor recibiera material de INDCAR utilizado para la fabricación de los productos de compra, INDCAR se compromete a suministrar el material necesario al proveedor y a cumplir sus requisitos de aprovisionamiento. Los posibles problemas de calidad encontrados por el proveedor en el producto suministrado, serán analizados de la misma forma que aquellos encontrados en el producto suministrado por el proveedor, determinando las responsabilidades según las características técnicas y de calidad definidas para el producto. Los defectos de calidad de ambas partes y sus responsabilidades serán tratados y analizados por las partes interesadas entre sus Departamentos de Calidad.

15. RESCISIÓN
Si el proveedor decidiera rescindir el contrato, el proveedor deberá garantizar el mínimo de piezas que garantice el suministro a los clientes de INDCAR, más un inventario de seguridad que permita la transferencia de producción a otro proveedor. INDCAR puede rescindir el contrato unilateralmente si, según su opinión, estaba en peligro el cumplimiento de los requisitos de calidad y de servicio acordados con el cliente final para el cual las piezas de este contrato son fabricadas, sin prejuicio de su derecho en cualquier caso de recibir una indemnización por los daños causados.
INDCAR puede proceder a la rescisión inmediata cuando el proveedor realiza suspensión de pagos, bancarrota o insolvencia.
Los acuerdos entre INDCAR y el proveedor no podrán ser cedidos o transferidos sin el previo consentimiento por escrito de INDCAR, quien podrá rescindir dichos acuerdos automáticamente, sin previo aviso, en caso de incumplimiento de esta obligación. En caso de cesión de acciones o activos o cambio de control directo o indirecto de su sociedad, el proveedor informará a INDCAR, quien podrá rescindir la relación contractual sin previo aviso.

16. REQUISITOS LEGALES
El proveedor deberá ajustarse a todas las leyes y cláusulas aplicables, en cuanto al pedido desde su formalización así como el material y/o equipamiento que constituye su objeto. En la ejecución de este pedido y/o contrato, el proveedor actuará como una persona jurídica propia e independiente y en ningún caso como un agente de INDCAR.

17. CONFLICTOS
Para la solución de cualquier cuestión litigiosa derivada de este contrato o acto jurídico, las partes se someten al arbitraje institucional de los Tribunales de la ciudad de Girona, al cual se encarga la designación del árbitro o árbitros y la administración del arbitraje, obligándose desde ahora al cumplimiento de la decisión arbitral.

18. FUERZA MAYOR
Las causas de fuerza mayor, reconocidas según la legislación española, liberarán a las partes de las responsabilidades de incumplimiento derivadas de esa fuerza mayor siempre y cuando la parte afectada haya hecho todo lo posible para disminuir el impacto de tal fuerza mayor y haya informado inmediatamente a la otra parte de la existencia o del riesgo de existencia de
dicha circunstancia.

19. POLÍTICA DE RELACIONES COMERCIALES
Dentro de la colaboración comercial entre el proveedor e INDCAR, el proveedor se compromete a vender las referencias exclusivas INDCAR contenidas en los pedidos de compra, únicamente a INDCAR y nunca a terceros. Todas las solicitudes que reciba de otros clientes deben ser dirigidas a INDCAR.
El proveedor admite la confidencialidad comercial de este documento y se compromete a no revelar ni transmitir a nadie, de ninguna manera, ninguno de los documentos, dibujos, knowhow, investigaciones, moldes, utillajes, matrices, herramientas o muestras que le haya transmitido INDCAR.

El proveedor conoce y acepta estas condiciones generales de compra y tiene en su poder una copia de ellas.

20. ANEXO: PROTOCOLO DEVOLUCIÓN MATERIAL
A continuación, se detalla el protocolo de actuación en el caso de que se detecte que un material es defectuoso o se ha averiado, de cara a tramitar la postventa y realizar un diagnóstico del material y si procede, aplicar la garantía.

El proveedor dará 3 años de garantía para todos sus productos, y la garantía empieza desde el día de la emisión de la factura.
Cualquier postventa posterior a estos 3 años de garantía se va a desestimar.